{"id":11012,"date":"2020-03-19T20:22:51","date_gmt":"2020-03-19T20:22:51","guid":{"rendered":"https:\/\/femepa.org\/web\/?p=11012"},"modified":"2020-03-19T20:22:51","modified_gmt":"2020-03-19T20:22:51","slug":"circular-no7-respuesta-del-delegado-del-gobierno-de-canarias-sobre-la-apertura-de-talleres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/femepa.org\/web\/circular-no7-respuesta-del-delegado-del-gobierno-de-canarias-sobre-la-apertura-de-talleres\/","title":{"rendered":"Respuesta del delegado del Gobierno en Canarias sobre la apertura de talleres"},"content":{"rendered":"<div class=\"page\" title=\"Page 1\">\n<div class=\"section\">\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p>Desde esta Delegacio\u0301n del Gobierno en Canarias, queremos aclarar en la medida de lo posible y debido a esta situacio\u0301n excepcional, todas las cuestiones que nos han venido realizando sobre la apertura de talleres. Y ante la ausencia de una disposicio\u0301n que aclare si los talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos deben permanecer cerrados, desde esta Delegacio\u0301n se nos ha hecho llegar un informe juri\u0301dico realizado por la Abogaci\u0301a del Estado en el que se expone que los talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos pueden permanecer abiertos, por las razones que seguidamente se exponen ponderadas en su conjunto:<\/p>\n<p>1a) Porque, desde un punto de vista te\u0301cnico-juri\u0301dico los talleres de reparacio\u0301n de automo\u0301viles son establecimientos industriales, que desarrollan una actividad industrial y de prestacio\u0301n de servicios. Asi\u0301 se desprende del Real Decreto 1457\/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestacio\u0301n de servicios en los talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos automo\u0301viles de sus equipos y componentes, cuyo arti\u0301culo segundo los define como \u201caquellos establecimientos industriales en los que se efectu\u0301en operaciones encaminadas a la restitucio\u0301n de las condiciones normales del estado y de funcionamiento de vehi\u0301culos automo\u0301viles o de equipos y componentes de los mismos, en los que se hayan puesto de manifiesto alteraciones en dichas condiciones con posterioridad al te\u0301rmino de su fabricacio\u0301n\u201d. Teniendo en cuenta que las medidas de contencio\u0301n del arti\u0301culo 10 del Real Decreto 463\/2020 se refieren a la \u201cactividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hosteleri\u0301a y restauracio\u0301n, y otras adicionales\u201d, no parece que la actividad industrial desarrollada por los talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos pueda entenderse limitada por dispuesto en el arti\u0301culo 10 del Real Decreto 463\/2020. Por lo que se refiere a los servicios prestados en estos mismos talleres, tampoco se considera que se vean afectados por las limitaciones sancionadas en aque\u0301l precepto, a salvo de que se trate de la venta al por menor de productos que no consistan en bienes de primera necesidad.<\/p>\n<p>2a) Porque en la situacio\u0301n de estado de alarma en la que el pai\u0301s se encuentra existen ciertos servicios esenciales que requieren el uso de vehi\u0301culos (servicios de emergencias, bomberos, ambulancias, fuerzas y cuerpos de seguridad, vigilancia, entre otros), que ahora ma\u0301s que nunca han de estar en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento, para garantizar la continuidad de tales servicios. Por ello, es incuestionable que los talleres de reparacio\u0301n que se encarguen, bien por contrato, bien por otras fo\u0301rmulas juri\u0301dicas, del mantenimiento y reparacio\u0301n de estos vehi\u0301culos, han de permanecer abiertos.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"page\" title=\"Page 2\">\n<div class=\"section\">\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p>3a) Porque igualmente en esta situacio\u0301n de estado de alarma es indispensable el mantenimiento del servicio de transporte terrestre a fin de garantizar el suministro de productos y bienes de primera necesidad (sanitarios, alimenticios, higiene, etc), por lo que es asimismo necesario asegurar que los vehi\u0301culos encargados de dicho transporte puedan circular en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento, fin que u\u0301nicamente puede conseguirse si hay talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos abiertos.<\/p>\n<p>4a) Porque, si el arti\u0301culo 7 del Real Decreto 463\/2020 admite el desplazamiento individual en vehi\u0301culo para la realizacio\u0301n de las actividades que en e\u0301l se enumeran y el arti\u0301culo 10, en coherencia con ello, permite la apertura de los establecimientos que suministren el combustible a tales vehi\u0301culos, es razonable entender que los talleres de reparacio\u0301n de esos mismos vehi\u0301culos pueden permanecer abiertos con el fin hacer posible su circulacio\u0301n para esos limitados fines establecidos en el arti\u0301culo 7 del Real Decreto 463\/2020.<\/p>\n<p>En virtud de las anteriores consideraciones, se entiende que los talleres de reparacio\u0301n de vehi\u0301culos podra\u0301n permanecer abiertos, si bien no podra\u0301n desarrollar ni actividades de restauracio\u0301n o cafeteri\u0301a (para el caso de que las tuvieran), ni comercio de bienes al por menor que no se consideren esenciales.<\/p>\n<p>Por lo que pongo en su conocimiento con lo anteriormente expuesto la posibilidad de la apertura de los talleres mientras dure la declaracio\u0301n del Estado de Alarma.<\/p>\n<p>Reciban un cordial saludo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><strong>Anselmo Pestana Padro\u0301n<br \/>\n<\/strong><em>Delegado del Gobierno en Canarias<\/em><\/p>\n<h1 style=\"text-align: center;\">Descargar circular n\u00ba 7\u00a0<strong><a href=\"https:\/\/femepa.org\/web\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/CIRCULAR-N\u00ba7.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">AQU\u00cd<\/a><\/strong><\/h1>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde esta Delegacio\u0301n del Gobierno en Canarias, queremos aclarar en la medida de lo posible y debido a esta situacio\u0301n excepcional, todas las cuestiones que nos han venido realizando sobre la apertura de talleres. 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