{"id":6884,"date":"2018-10-11T02:36:21","date_gmt":"2018-10-11T02:36:21","guid":{"rendered":"http:\/\/femepa.org\/web\/?p=6884"},"modified":"2018-10-11T02:36:21","modified_gmt":"2018-10-11T02:36:21","slug":"medidas-urgentes-ante-la-subida-del-precio-de-la-electricidad-y-para-impulsar-la-transicion-energetica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/femepa.org\/web\/medidas-urgentes-ante-la-subida-del-precio-de-la-electricidad-y-para-impulsar-la-transicion-energetica\/","title":{"rendered":"MEDIDAS URGENTES ANTE LA SUBIDA DEL PRECIO DE LA ELECTRICIDAD Y PARA IMPULSAR LA TRANSICI\u00d3N ENERG\u00c9TICA"},"content":{"rendered":"<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><span class=\"yiv2187249746PiedepginaCar\"><span lang=\"ES-TRAD\">El\u00a0<\/span><\/span>pasado s\u00e1bado 06 de octubre se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial del estado el Real Decreto-ley 15\/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transici\u00f3n energ\u00e9tica y la protecci\u00f3n de los consumidores (<a href=\"https:\/\/boe.es\/boe\/dias\/2018\/10\/06\/pdfs\/BOE-A-2018-13593.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\">https:\/\/boe.es\/boe\/dias\/2018\/10\/06\/pdfs\/BOE-A-2018-13593.pdf<\/a>\u00a0).<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Este Real Decreto-Ley trata de abordar, de forma urgente, determinados aspectos de incidencia en la subida de los precios de la electricidad, ofrecer una mayor cobertura a los ciudadanos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad e incrementar la protecci\u00f3n de los consumidores, con medidas que permitir\u00e1n ajustar mejor la tarifa al consumo, reduciendo su factura el\u00e9ctrica. Asimismo, la norma adopta medidas para acelerar la transici\u00f3n hacia un modelo energ\u00e9tico basado en energ\u00edas renovables, incorporando determinadas medidas de impulso al autoconsumo.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Se detalla a continuaci\u00f3n una Nota Resumen sobre esta nueva Normativa publicada tras la reuni\u00f3n del Consejo de Ministros.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>APROBADAS MEDIDAS URGENTES ANTE LA SUBIDA DEL PRECIO DE LA ELECTRICIDAD Y PARA IMPULSAR LA TRANSICI\u00d3N ENERG\u00c9TICA<\/u><\/b><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Mediante este Real Decreto-Ley, el Ejecutivo ampl\u00eda la cobertura del bono social el\u00e9ctrico y crea un bono t\u00e9rmico, una ayuda directa para sufragar los gastos de calefacci\u00f3n. En el plazo de seis meses, se presentar\u00e1 una Estrategia contra la Pobreza Energ\u00e9tica.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0La norma suspende el impuesto sobre la generaci\u00f3n y aprueba una exenci\u00f3n del mal llamado c\u00e9ntimo verde, dos medidas de choque para moderar con urgencia el precio de la electricidad en el mercado mayorista y, en consecuencia, el recibo de la luz.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Se reconoce el derecho a autoconsumir sin cargos, eliminando el denominado &#8220;impuesto al sol&#8221;. Se regula el autoconsumo compartido y se simplifican los tr\u00e1mites administrativos y t\u00e9cnicos del autoconsumo.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley para abordar, de forma urgente, la actual subida de los precios de la electricidad, ofrecer una mayor cobertura a los ciudadanos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad e incrementar la protecci\u00f3n de los consumidores, con medidas que permitir\u00e1n ajustar mejor la tarifa al consumo, reduciendo su factura el\u00e9ctrica. Asimismo, la norma adopta medidas para acelerar la transici\u00f3n hacia un modelo energ\u00e9tico basado en energ\u00edas renovables. Entre otras, se elimina el denominado &#8220;impuesto al sol&#8221;, se reconoce legalmente el autoconsumo compartido y se flexibiliza la actividad de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos, eliminado la figura del gestor de carga.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El texto legal fija como prioridad del Ejecutivo la lucha contra la pobreza energ\u00e9tica, que afecta a unos 4,6 millones de personas. En el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, el Gobierno presentar\u00e1 una Estrategia Nacional contra la Pobreza Energ\u00e9tica que establecer\u00e1 objetivos, en el medio y largo plazo, y un marco de acci\u00f3n estable para su erradicaci\u00f3n. En su elaboraci\u00f3n se contar\u00e1 con las comunidades aut\u00f3nomas y entidades locales, las asociaciones de consumidores, los representantes del tercer sector y las empresas energ\u00e9ticas.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Ampliaci\u00f3n del bono social el\u00e9ctrico<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Como medidas de acci\u00f3n urgente, el actual bono social el\u00e9ctrico ampl\u00eda su cobertura. Entre otras cuestiones, el Real Decreto-Ley proh\u00edbe el corte de suministro en los hogares acogidos al bono social donde viva al menos un menor de 16 a\u00f1os. Esta medida se hace extensiva tambi\u00e9n a los hogares donde resida al menos una persona con un nivel de discapacidad del 33% o superior. De igual modo, se aplicar\u00e1 cuando viva en la vivienda al menos una persona en situaci\u00f3n de dependencia en Grado II y III. Estas circunstancias, que deber\u00e1n evaluarse y acreditarse mediante certificados expedidos por los servicios sociales, no estaban contempladas en la anterior regulaci\u00f3n del bono.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Por otro lado, y con el objeto de que m\u00e1s familias monoparentales puedan acceder al bono social, se determinan criterios de renta espec\u00edficos para estos colectivos, m\u00e1s susceptibles al riesgo de pobreza energ\u00e9tica, especialmente en el caso de las mujeres: el 85% de los hogares monoparentales tienen al frente a una madre. El umbral de renta m\u00e1ximo para que una familia monoparental pueda acceder al bono social se incrementar\u00e1 en 0,5 veces el IPREM respecto al de las familias biparentales.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Los l\u00edmites de consumo de energ\u00eda con derecho a descuento se ampl\u00edan un 15% con dos objetivos: compensar los incrementos de precios y acercarse m\u00e1s a los consumos reales de los hogares m\u00e1s vulnerables. Asimismo, el c\u00f3mputo de consumo anual con derecho a descuento que se liquidaba cada mes, se flexibiliza. Ahora la energ\u00eda con derecho a descuento no consumida un mes, puede utilizarse en otro momento. Se facilita as\u00ed la protecci\u00f3n de los hogares durante los meses de mayor consumo, que suelen corresponderse con los de temperaturas m\u00e1s bajas.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">La norma aprobada hoy tambi\u00e9n prorroga el plazo para renovar el bono social el\u00e9ctrico a aquellos consumidores que estuvieran acogidos al bono social antiguo, cuyo plazo de renovaci\u00f3n acababa el pr\u00f3ximo 8 de octubre. El nuevo plazo es el 31 de diciembre. De esta manera, quien solicite la renovaci\u00f3n del bono despu\u00e9s de 8 de octubre y cumpla los requisitos no ver\u00e1 interrumpido el acceso al descuento.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Por \u00faltimo, el Gobierno endurece las medidas sancionadoras a las empresas comercializadoras, que gestionan y financian el bono social. Por ejemplo, aquellas que impongan injustificadamente condiciones, dificultades o retrasos en relaci\u00f3n con la tramitaci\u00f3n de las solicitudes podr\u00edan ser sancionadas con multas de hasta 60 millones de euros, en el caso de infracciones muy graves.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Medidas de protecci\u00f3n para los consumidores<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El Real Decreto-Ley contiene medidas dirigidas a incrementar la protecci\u00f3n del conjunto de consumidores de electricidad, lo que permitir\u00e1 optimizar la contrataci\u00f3n de este suministro y reducir la factura el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Si se dispone de contador digital, se podr\u00e1 contratar la potencia en m\u00faltiplos de 0,1 para ajustarla con exactitud a las necesidades de consumo. Hasta el momento, los escalones de contrataci\u00f3n de potencia eran de 1,1 kilovatios. Teniendo en cuenta que, en el \u00faltimo trimestre de 2017, casi el 40% de los hogares ten\u00eda una potencia contratada entre los 4 y los 6 kilovatios, existe un margen para el ajuste y, por tanto, para el ahorro y la eficiencia en el consumo. Por ejemplo, un cambio de potencia de 0,5 kW &#8211; de 4,6 a 4,1 kW- podr\u00eda suponer un ahorro en la factura anual de 26 euros en un hogar tipo, en el que vivan cuatro personas.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Adem\u00e1s, en cada per\u00edodo de facturaci\u00f3n, las comercializadoras deber\u00e1n incluir en la factura de cada consumidor que tenga contratado el PVPC el importe al que hubiera ascendido de haberse aplicado una tarifa con discriminaci\u00f3n horaria a las que puede acceder. Son dos: tarifas con precios de la electricidad dividido en dos tramos, punta y valle; o en tres tramos, punta, valle y supervalle. En la actualidad, en torno a 660.000 de los 11,1 millones de usuarios adscritos a la tarifa de precio regulado se acogen a tarifas con discriminaci\u00f3n horaria.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Los an\u00e1lisis indican que el mero cambio puede generar un ahorro que, en muchos casos, pueden superar los 20\u20ac anuales, pudiendo ser a\u00fan mayor si se adoptan h\u00e1bitos de consumo eficiente. De hecho, siete de cada diez usuarios que optan por este sistema de tarificaci\u00f3n tienen en cuenta la divisi\u00f3n entre periodos de tarificaci\u00f3n para sus decisiones de consumo.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El Real Decreto-Ley proh\u00edbe a las comercializadoras el\u00e9ctricas, y tambi\u00e9n las de gas natural, realizar acciones de publicidad o contrataci\u00f3n de sus productos a trav\u00e9s de visitas domiciliarias -el denominado sistema &#8220;puerta a puerta&#8221; -, salvo que la visita fuera solicitada expresamente por el consumidor.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">De igual modo, se regulan los t\u00e9rminos en los que las comercializadoras de energ\u00eda el\u00e9ctrica podr\u00e1n acceder a los datos de consumo y potencia contratada de los consumidores para que puedan ofrecerles mejoras en la gesti\u00f3n de su demanda, optimizaci\u00f3n de la contrataci\u00f3n del suministro o la adopci\u00f3n de medidas de eficiencia energ\u00e9tica. Todo ello, respetando la legislaci\u00f3n vigente en materia de protecci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Adem\u00e1s, se permite la inhabilitaci\u00f3n directa de las comercializadoras que realicen pr\u00e1cticas fraudulentas en el mercado mayorista, entre ellas, el incumplimiento de las obligaciones de compra de energ\u00eda en los mercados diario e intradiarios, que hasta ahora deb\u00edan ser sancionadas con car\u00e1cter previo a la inhabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Eliminaci\u00f3n del &#8220;Impuesto al sol&#8221;<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Atendiendo a la necesidad de activar de forma urgente e ineludible la transici\u00f3n hacia un modelo energ\u00e9tico limpio y accesible para el conjunto de la ciudadan\u00eda, el Real Decreto-Ley elimina una serie de barreras regulatorias que, hasta el momento, han dificultado y desincentivado la implantaci\u00f3n del autoconsumo el\u00e9ctrico en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">La nueva regulaci\u00f3n impulsada por el Ejecutivo se basa en tres principios: se simplifican los tr\u00e1mites burocr\u00e1ticos y t\u00e9cnicos requeridos, como la inscripci\u00f3n en un registro para aquellas instalaciones no superiores a 100 kilovatios; se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores, lo que permitir\u00e1 aprovechar las econom\u00edas de escala; y se reconoce el derecho a autoconsumir energ\u00eda el\u00e9ctrica sin peajes ni cargos. Queda, por tanto, derogado el cargo que se impon\u00eda al autoconsumidor por la energ\u00eda generada y consumida en su propia instalaci\u00f3n, el denominado &#8220;impuesto al sol&#8221;.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El desarrollo del autoconsumo garantiza a los consumidores el acceso a alternativas m\u00e1s baratas y respetuosas con los l\u00edmites del planeta, contribuye a reducir las necesidades de la red el\u00e9ctrica, genera mayor independencia energ\u00e9tica y permite reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Adem\u00e1s, es una actividad generadora de empleo vinculado a la transici\u00f3n ecol\u00f3gica, como ya se ha demostrado en pa\u00edses de nuestro entorno.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Impulso al veh\u00edculo el\u00e9ctrico<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Uno de los cap\u00edtulos de la norma aprobada hoy se dedica al impulso de la movilidad sostenible, vector imprescindible para la transici\u00f3n ecol\u00f3gica. En particular, el Real Decreto-Ley aborda uno de los factores que detrae a los usuarios de adquirir un veh\u00edculo enchufable: la baja disponibilidad de puntos de recarga p\u00fablicos. Con el objeto de aumentar su presencia, el Gobierno elimina la figura del gestor de carga prevista en la Ley del Sector El\u00e9ctrico, pues se ha revelado como excesivamente r\u00edgida y desincentivadora de la actividad.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Esta supresi\u00f3n no supondr\u00e1 en ning\u00fan caso una merma de la seguridad de las instalaciones, que deber\u00e1n cumplir con la normativa correspondiente en el \u00e1mbito de la seguridad industrial y de las que se llevar\u00e1 un registro de la informaci\u00f3n para el seguimiento de la actividad por las Administraciones.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Esta informaci\u00f3n estar\u00e1 adem\u00e1s disponible a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos para todos los ciudadanos y se integrar\u00e1 en el futuro en el punto de acceso \u00fanico, armonizando la informaci\u00f3n con la del resto de pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea, creando una gran base de datos de informaci\u00f3n sobre la ubicaci\u00f3n y caracter\u00edsticas de los puntos de recarga p\u00fablicos.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Moderaci\u00f3n de los precios de electricidad<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Como medida de choque ante la subida del precio de la luz experimentado en los \u00faltimos meses, el Real Decreto-Ley incorpora dos disposiciones relacionadas con la normativa fiscal con el objetivo de moderar, de forma directa, la evoluci\u00f3n de los precios en el mercado mayorista de electricidad.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">En primer lugar, se suspende el impuesto del 7% a la generaci\u00f3n el\u00e9ctrica, aprobado en 2012, durante seis meses. En segundo lugar, se introduce una exenci\u00f3n en el Impuesto Especial de Hidrocarburos para desactivar el mal llamado denominado c\u00e9ntimo verde. Este gravamen, pensando para desincentivar el uso de fuentes de energ\u00eda ligadas a hidrocarburos, emite en el mercado una se\u00f1al opuesta: el c\u00e9ntimo es trasladado a los precios finales de la electricidad cuando tecnolog\u00edas como el gas fijan los precios en el mercado mayorista.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">La evoluci\u00f3n del mercado mayorista en un escenario de normalidad apunta a que, al final de 2018, la factura de la electricidad podr\u00eda experimentar una subida del 3,6% respecto del a\u00f1o anterior, de no adoptarse medidas. As\u00ed, para un hogar con un consumo de unos 2.600 kWh anuales, la subida podr\u00eda ser de 23,4\u20ac para el conjunto de 2018, seg\u00fan las expectativas de precio de mercado. En el caso de un hogar que consuma 3.600 kWh, la subida ser\u00eda de unos 32,4\u20ac en todo el a\u00f1o.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Las dos medidas fiscales reducir\u00edan la factura del \u00faltimo cuatrimestre en una cuarta parte de la subida total: unos 6,2 euros para el hogar de 2.600 kWh y unos 8,5\u20ac para el hogar m\u00e1s intensivo, con consumos de 3.600 kWh .<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Ambas medidas se adoptan de forma temporal mientras el Gobierno de Espa\u00f1a aborda, de forma participada, un conjunto de medidas estructurales tendentes a adaptar el funcionamiento del mercado a un modelo energ\u00e9tico diferente y m\u00e1s plural, que ha de ser positivo para el medio ambiente, la salud p\u00fablica, la calidad de vida de los ciudadanos y la modernizaci\u00f3n de la econom\u00eda.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Para garantizar que los menores ingresos tributarios derivados de las medidas anteriores pongan en riesgo la sostenibilidad del sistema el\u00e9ctrico, se eleva para 2018 el l\u00edmite m\u00e1ximo de los ingresos por la subasta de los derechos de emisi\u00f3n de gases de efecto invernadero que se transfiere al sistema el\u00e9ctrico anualmente y que hasta ahora estaba establecido en el 90% del ingreso total, con un m\u00e1ximo de 450 millones al a\u00f1o.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Por \u00faltimo, para mayor refuerzo de la sostenibilidad financiera del sistema el\u00e9ctrico -que, en definitiva, equivale a garantizar que no se tengan que incrementar los peajes y cargos que pagan los consumidores-, se introduce la posibilidad de que el super\u00e1vit acumulado de ingresos del sector el\u00e9ctrico pueda ser aplicado a los desajustes de ingresos y gastos que se pudieran producir en los ejercicios 2018 y 2019.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Cumplimiento de los objetivos en energ\u00edas renovables<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Con el objeto de cumplir con los objetivos de penetraci\u00f3n de energ\u00edas renovables fijados por la Uni\u00f3n Europea para 2020, lograr que el 20% del consumo energ\u00e9tico provenga de fuentes renovables, y materializar los objetivos del Acuerdo de Par\u00eds en los horizontes 2030 y 2050, Espa\u00f1a ha de acelerar la integraci\u00f3n de las energ\u00edas renovables en su mix energ\u00e9tico, una cuesti\u00f3n que contribuir\u00e1 a reducir los costes energ\u00e9ticos en el medio y largo plazo, adem\u00e1s de contribuir a la lucha contra el cambio clim\u00e1tico, al que nuestro pa\u00eds es especialmente vulnerable.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El Real Decreto-Ley aprobado hoy incorpora medidas para eliminar, de forma inmediata, barreras normativas que obstaculizan esta transici\u00f3n energ\u00e9tica. Una de ellas ser\u00e1 otorgar una pr\u00f3rroga excepcional, y por una sola vez, para los permisos de acceso y conexi\u00f3n otorgados con anterioridad a la aprobaci\u00f3n Ley 24\/2013, en cuya ausencia caducar\u00edan el pr\u00f3ximo 31 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Mediante esta pr\u00f3rroga, hasta el 31 de marzo de 2020, se posibilitar\u00e1 la entrada en funcionamiento en 2020 de los cerca de 9.000 MW de potencia adjudicada en las \u00faltimas subastas de renovables y anteriores procedimientos. En la actualidad, apenas se han instalado 100 MW. La media evita que deba remitirse una nueva solicitud, tramitaci\u00f3n y otorgamiento, algo que impedir\u00eda alcanzar los objetivos internacionales acordados por Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">En la misma l\u00ednea, se adoptar\u00e1n medidas tendentes a evitar la especulaci\u00f3n y asegurar la finalizaci\u00f3n de los proyectos con derechos de acceso a la red otorgados, elevando las garant\u00edas exigidas e imponiendo obligaciones de reporte del grado de avance de los proyectos, lo que redundar\u00e1 en unos menores costes y, en \u00faltimo t\u00e9rmino, menores precios para los consumidores.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\"><b><u>Bono social para calefacci\u00f3n<\/u><\/b><u><\/u><\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Para ampliar la protecci\u00f3n de los beneficiarios del bono social el\u00e9ctrico, el Ejecutivo crea un bono social t\u00e9rmino (BST). Se trata una ayuda econ\u00f3mica directa para que los hogares vulnerables puedan hacer frente a sus gastos de calefacci\u00f3n, agua caliente o cocina este invierno, con independencia del combustible que utilicen.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">Recibir\u00e1n el BST este invierno los hogares que est\u00e9n acogidos al bono social el\u00e9ctrico a fecha de 31 de diciembre de 2018. Todo consumidor que cumpla las condiciones para acceder al bono social el\u00e9ctrico y haya presentado su solicitud antes de la citada fecha percibir\u00e1 el bono el\u00e9ctrico y el de calefacci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">El importe del BST depender\u00e1 de la cantidad que se consigne cada a\u00f1o en los Presupuestos Generales del Estado y del n\u00famero de beneficiarios del bono social el\u00e9ctrico a 31 de diciembre. La cuant\u00eda de esta ayuda depender\u00e1 de la condici\u00f3n de consumidor vulnerable o vulnerable severo, y de la zona clim\u00e1tica donde est\u00e9 ubicada la localidad en la que reside el beneficiario.<\/p>\n<p class=\"yiv2187249746MsoNormal\">A modo de referencia, con un presupuesto de 100 millones de euros y si el n\u00famero de beneficiarios del bono el\u00e9ctrico a 31 de diciembre fuera de 1,5 millones, las cuant\u00edas del bono oscilar\u00edan entre un m\u00ednimo de 25 euros (para el consumidor vulnerable en zona c\u00e1lida) y un m\u00e1ximo de 130 euros (para el consumidor vulnerable severo en zona muy fr\u00eda)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El\u00a0pasado s\u00e1bado 06 de octubre se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial del estado el Real Decreto-ley 15\/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transici\u00f3n energ\u00e9tica y la protecci\u00f3n de los consumidores (https:\/\/boe.es\/boe\/dias\/2018\/10\/06\/pdfs\/BOE-A-2018-13593.pdf\u00a0). 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