El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: ya hay derecho legal a la desconexión digital tras la jornada laboral
El derecho a la desconexión digital ha dejado de ser una recomendación y se convierte en norma con rango de ley. El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 30 de julio la última actualización del Estatuto de los Trabajadores, que introduce de forma expresa la obligación de garantizar que las personas trabajadoras no se vean forzadas a atender llamadas, correos o mensajes fuera de su jornada laboral.
Este reconocimiento legal, que ya estaba previsto en la Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales de 2018, se incorpora ahora de forma explícita al texto de referencia de las relaciones laborales en España. El objetivo es doble: proteger la salud de las personas trabajadoras frente a la hiperconectividad y establecer obligaciones claras para las empresas en materia de conciliación y prevención de riesgos psicosociales.
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