Transparencia Femepa

Institucional
La Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal y Nuevas Tecnologías de Las Palmas (FEMEPA) G35035534 es una organización empresarial independiente, que agrupa al empresariado del sector del metal y nuevas tecnologías en torno a sus distintas asociaciones.

Como entidad sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, desarrolla sus actividades dentro del marco territorial de la provincia de Las Palmas (Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura).
Información General
  • La Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal y Nuevas Tecnologías de Las Palmas (FEMEPA) fue constituida el 12 de junio de 1977.
  • Código de Conducta
  • Agencia de Colocación con nº 0500000123
  • Distintivo de “Igualdad en la empresa” otorgado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad según Orden SSI/817/2017 de 16 de agosto (BOE 205, de 26 de agosto de 2017)
  • Concesión 1ª prórroga del distintivo «Igualdad en la empresa» 2016
  • Concesión 2ª prórroga del distintivo «Igualdad en la empresa» 2024
  • I Plan de Igualdad Grupo Femepa
  • Protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral en el ámbito laboral de Femepa
  • Certificado ISO 9001
  • Certificado ISO 14001
  • Certificado EFQM +600
  • Certificado ISO 27001
  • Certificado ISO 45001
  • Entidad adherida al Pacto Mundial: Solicitud de adhesión y Carta de bienvenida.
  • Su domicilio social es: c/ León y Castillo, 89 – 4º, Las Palmas de Gran Canaria, 35004 Las Palmas

Normativa aplicable de la entidad
La normativa aplicable al funcionamiento de la Entidad es la siguiente:





Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad
La Federación tiene su razón de ser, según el artículo 1, en el ejercicio del derecho a constituirse como tal para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios, y en tal sentido en el artículo 8 de sus estatutos se recogen sus fines:

  • Asumirá los problemas comunes del empresariado de la industria, comercio y/o servicios del metal y las nuevas tecnologías.
  • Defenderá y fomentará el sistema de economía libre de mercado y la iniciativa privada.
  • Promoverá y defenderá la unidad e integración empresarial.
  • Propiciará el desarrollo económico, técnico, social y profesional de sus miembros, así como de Canarias.
  • Representará los intereses empresariales generales y comunes de las Asociaciones federadas y de sus componentes, ante cualquier Organismo, Jurisdicción e Instancias.
  • Gestionará dichos intereses, cuando le sean confiados o sean propios de su ámbito representativo, ante todas las instituciones públicas o privadas, representativas, de gestión o de decisión, tanto en las esferas socioeconómicas como culturales o políticas o de cualquier otra naturaleza, regionales, nacionales o internacionales.
  • Fomentará las organizaciones profesionales empresariales, promoviendo la unidad y la solidaridad entre las mismas y exaltará la imagen del empresario ante la opinión pública.
  • Asumirá, en instancia previa, el arbitraje para dirimir diferencias entre sus componentes, cuando lo soliciten los interesados de mutuo acuerdo.
  • Ejercerá las acciones necesarias para impedir el intrusismo o cualquier acto que desprestigie o degrade la actividad de los asociados.
  • Estudiará todas las cuestiones, problemas o iniciativas que se planteen con carácter genérico a las empresas o sus organizaciones, para proponer los criterios o soluciones pertinentes y establecer las líneas de actuación común de las organizaciones miembro integradas. Y, por su relevante importancia, prestará especial atención a los diversos aspectos de las relaciones laborales, con plenitud de facultades, para procurar el entendimiento.
  • Elaborará recomendaciones de actuación, cuando las circunstancias lo requieran, en materia socioeconómica, y, especialmente, en lo referente a intereses o problemas empresariales, de política económica, planificación, coyunturas y relaciones regionales, nacionales o internacionales.
  • Establecerá, fomentará y mantendrá relaciones con entes locales, regionales, nacionales, extranjeros e internacionales que convengan o beneficien al objeto y fines de la Federación.
  • Prestará servicios de asesoramiento, información, documentación, gestión, estadísticos, etc., en materia jurídica o técnica, de asuntos financieros, fiscales, laborales, mercantiles, medio ambiente, prevención de riesgos laborales, calidad, organización empresarial, protección de datos y asistencia técnica o tecnológica y cualquier otro que sea útil o necesarios para los miembros de la Federación y a sus empresas asociadas.
  • Promoverá el avance en los métodos y técnicas de empresas, particularmente la realización y difusión de la investigación, así como la organización y funcionamiento de los medios de formación e información., colaborando en la mejora de los rendimientos y de la productividad de las empresas y en la formación y promoción social de los trabajadores integrantes de aquellas.
  • Realizará la ejecución de acciones relacionadas con el fomento del empleo y la inserción laboral, dirigidas a trabajadores ocupados y desempleados, así como el fomento de la emprendeduría y de la economía social.
  • Promoverá actuaciones que permitan la prevención y eliminación de cualquier discriminación por razón de raza, sexo, o por cualquier otra condición o circunstancias personal o social.
  • Promoverá y facilitará la integración en las actividades industriales, comerciales y los servicios, de desempleados, mujeres y otros colectivos sociales con dificultad de inserción, además de realizar tareas de sensibilización de la sociedad, y ofrecimiento de servicios de interés empresarial, social y general, que demandan las empresas e instituciones.
  • Será sensible a todas las iniciativas o actuaciones de cualquier orden o naturaleza que tengan relación con lo que puede ser calidad empresarial, sin las que no se concibe la concepción moderna de la misma, tales como la defensa de la naturaleza y el medio ambiente, defensa de los valores autóctonos y tradicionales, y el desarrollo artístico y cultural en general, para lo que puede unirse a las promociones que se hagan en tal sentido o crearlas en consonancia con lo que aquí se recoge.
  • Y en general, cualquier otra que en el ámbito de su competencia, tienda directamente a la más eficaz defensa de los intereses colectivos de sus miembros.
Para el ejercicio y cumplimiento de sus fines, la Federación hará uso de todos los medios legítimos de que pueda estar asistida tanto en el orden material como en el institucional, sin que con ello interfiera en lo que sea propio de cada miembro de la misma salvo que se solicite o acuerde su intervención.

Última modificación: 30 de octubre de 2026
Organizativa
Estatutos
Partimos de nuestros estatutos como norma básica para el buen gobierno de la Entidad.   Ver Estatutos

Última modificación de Estatutos: 25 de octubre de 2021
Última modificación: 20 de noviembre de 2025
Administradores
En la Asamblea General Extraordinaria de carácter electoral el día veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro fueron elegidos, por un periodo de cuatro años, los siguientes cargos:

PATRICIA Mª JIMENEZ MARCELO - Presidenta
Mª SOLEDAD ROQUE QUINTANA -Tesorera
JORGE VELASCO TREVIÑO - Vicepresidente I
ARMANDO HERNANDEZ PULIDO - Vicepresidente II (Desde 28/05/2025)
LUISA JOSEFA RAMOS FARINOS - Vicepresidenta III
JOSE LUIS PADRON RIVERO - Vicepresidente por Fuerteventura
BRAULIO MANZANARES SEVILLA - Vicepresidente por Lanzarote

Para acceder a más información, puede pinchar en el siguiente enlace Administradores
Verificar la suma de comprobación SHA256:
E7DC6DF261123FFA313EC37DC22DBCB6C0DE99473A68307F5EE44D2365C091BA

Última modificación: 14 de octubre de 2026
Personal de alta dirección
JUAN CARLOS BETANCOR GARCIA - SECRETARIO GENERAL
Para acceder a más información, puede pinchar en el siguiente enlace Personal de alta dirección
Verificar la suma de comprobación SHA256:
29CFA4DE9F3670FA644796A04FF252D540719FCC4D0F463D6E5C7BC1F411461A

Remuneración
Para el periodo 2025, Presidente/a, Vicepresidentes/as, Tesorero/a, Vocales y Asesores/as, no perciben retribución económica alguna, solo se les pagan los traslados y hospedajes, si van en representación la federación. El tiempo de dedicación es determinado por las convocatorias que se realicen y por necesidad de representación en los actos. En el caso del Secretario General su dedicación es a tiempo completo
Organigrama

Última modificación: 14 de octubre de 2026
Económico-Financiera
Contratos y Convenios
FEMEPA no ha firmado contratos, contratos menores ni convenios con administraciones públicas en el año 2025 Fecha de última actualización: 13 de octubre de 2026
Ayudas y Subvenciones
Servicios y Procedimientos

CANAL DE DENUNCIAS

Sistema Interno de Información regulado por la Ley 2/2023, de 20 de febrero.

Índice

  1. Objeto del canal
  2. Acceso al canal
  3. Uso del canal
  4. Derechos de las personas informantes
  5. Principios del procedimiento
  6. Gestión del canal
  7. Normativa aplicable

1. Objeto del canal

La entidad dispone de un Canal de Denuncias como mecanismo para comunicar, de forma segura y confidencial, posibles infracciones normativas, conductas irregulares o incumplimientos de la legislación vigente, del Código Ético o de las normas internas de la organización.

Este canal forma parte del Sistema Interno de Información previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Su finalidad es promover una cultura de integridad, transparencia, cumplimiento normativo y prevención de conductas contrarias a la legalidad.

2. Acceso al canal

Las comunicaciones podrán realizarse a través del:

El canal está disponible de forma permanente para la presentación de comunicaciones relacionadas con posibles incumplimientos normativos o conductas irregulares.

Asimismo, las personas informantes podrán solicitar, cuando proceda, la realización de una reunión o videoconferencia para efectuar su comunicación.

3. Uso del canal

¿Quién puede utilizarlo?

Podrán utilizar el Canal de Denuncias:

  • Personas trabajadoras.
  • Personas autónomas que colaboren con la entidad.
  • Miembros de los órganos de gobierno.
  • Personas en prácticas o formación.
  • Proveedores y contratistas.
  • Cualquier persona que mantenga o haya mantenido una relación laboral, profesional o contractual con la entidad.

¿Qué puede comunicarse?

A través del canal podrán comunicarse hechos o conductas relacionados con:

  • Posibles infracciones legales.
  • Incumplimientos normativos.
  • Actuaciones contrarias al Código Ético o a la normativa interna.
  • Conductas que puedan afectar a la integridad, transparencia o buen gobierno de la entidad.

El canal no está destinado a la presentación de consultas, sugerencias, reclamaciones de servicios o quejas ordinarias que dispongan de otros cauces específicos de gestión.

Forma de presentación

Las comunicaciones podrán presentarse:

  • De forma anónima.
  • Con reserva de identidad.
  • Mediante identificación de la persona informante.

Las personas informantes deberán actuar de buena fe y aportar la información de la que dispongan para facilitar la adecuada valoración e investigación de los hechos comunicados.

4. Derechos de las personas informantes

Las personas que utilicen el Canal de Denuncias tienen derecho a:

  • Presentar comunicaciones de forma anónima.
  • La confidencialidad de su identidad y de la información comunicada.
  • La protección frente a represalias en los términos previstos por la normativa vigente.
  • Recibir acuse de recibo de su comunicación, salvo que ello pueda comprometer la confidencialidad o la protección de la persona informante.
  • Recibir información sobre las actuaciones realizadas o previstas dentro de los plazos legalmente establecidos.
  • Utilizar, en su caso, los canales externos de información habilitados por las autoridades competentes.

5. Principios del procedimiento

La gestión del Canal de Denuncias se desarrolla conforme a los principios establecidos en la Ley 2/2023.

Confidencialidad

Se garantiza la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de las personas afectadas y de cualquier tercero mencionado en la comunicación.

Presentación anónima

El sistema permite la presentación de comunicaciones anónimas.

Protección frente a represalias

Las personas que comuniquen información conforme a la normativa vigente estarán protegidas frente a cualquier tipo de represalia.

Independencia e imparcialidad

Las comunicaciones serán analizadas mediante un procedimiento objetivo, independiente e imparcial.

Derecho de defensa y presunción de inocencia

Se garantizarán los derechos de las personas afectadas, incluyendo el derecho de audiencia, la presentación de alegaciones y la presunción de inocencia.

Investigación y seguimiento

Las comunicaciones admitidas serán objeto de análisis e investigación, adoptándose las medidas que correspondan en función de los resultados obtenidos.

Protección de datos

El tratamiento de los datos personales se realizará de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos.

Registro y trazabilidad

El sistema mantiene un registro seguro de las comunicaciones y de las actuaciones realizadas, garantizando la integridad, conservación y trazabilidad del procedimiento.

Derechos de las personas afectadas

Se garantizarán los derechos de las personas afectadas por una comunicación, incluyendo la confidencialidad, la presunción de inocencia, el derecho de defensa y el derecho a ser oídas en los términos previstos por la normativa aplicable.

6. Gestión del canal

La entidad ha establecido una estructura de gestión del Canal de Denuncias integrada por las personas y unidades autorizadas para la recepción, análisis, tramitación y seguimiento de las comunicaciones recibidas, garantizando en todo momento la confidencialidad, independencia e imparcialidad del procedimiento.

La supervisión del Sistema Interno de Información corresponde a la persona designada como Responsable del Sistema, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023.

7. Normativa aplicable

  • Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Información en formato abierto Canal de denuncias.odt
Verificar la suma de comprobación SHA256:
F29713F7F40D327FD831ADE06838FE9E7B1BA0B5F884BD6C66EAE11DF70DE1F9

Memorias

Pulse sobre el logo para ir a la página del Comisionado de Transparencia

*NOTAS SOBRE ACCESIBILIDAD

Este sitio web sigue las recomendaciones de la Iniciativa de Accesibilidad Web, WAI, del W3C (recomendaciones WCAG 2.0/2.1) para su diseño y contenidos, manteniendo el compromiso de superar al menos los criterios de prioridad 2 (Tipología AA) en accesibilidad de todo el sitio Web.

*ESTÁNDARES DE PÁGINA WEB

Este sitio web cumple en sus páginas con los estándares del W3C en su versión «XHTML 1.0 Strict» y de hojas de estilo CSS3.

logo confederacion canaria asociados
logo crem
logo confemetal
logo ceoe
logo e
logo redcide
logo pidi
logo acelera pyme
logo ods
logo confederacion canaria asociados
logo crem
logo confemetal
logo ceoe
logo ventas
logo e
logo redcide
logo pidi
logo acelera pyme
logo ods
logo igualdad
Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.

Latest Portfolio

Need Any Help? Or Looking For an Agent

Working Hours : Sun-monday, 09am-5pm
© 2022 Vankine. All Rights Reserved.