En Las Palmas, a 12 de enero de 2021

 

Estimados empresarios y empresarias:

Habiéndose publicado el pasado sábado la Resolución de 8 de enero de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueban medidas específicas y temporales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y siendo de común conocimiento que en estos momentos la isla de Gran Canaria se encuentra en NIVEL de ALERTA 2, y que esto comporta:

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 23:00 h a las 06:00 h todos los días.

Adjunto se les remite formato de desplazamientos para las personas trabajadoras que por motivos de prestación de servicios deban desplazarse en horario sujeto a restricción.

FORMATO PARA RESTRICCIONES DE MOVILIDAD NOCTURNA

Esperando que sea de su interés, reciban un cordial saludo.

 

Juan Carlos Betancor García
Secretario General FEMEPA

Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.

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