Objeto y finalidad

Estas ayudas tienen por objeto el impulso de la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa&startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación.

Beneficiarios

Empresas que tengan la condición de PYME y que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones susceptibles de financiación serán proyectos de innovación en materia de transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme.

Las tipologías de actuación podrán ser cualquiera de las siguientes:

a) Proyectos para la generación de innovación a través de la resolución de retos tecnológicos de empresas, sectores, ciudades y/o misiones que sirvan para romper brechas sociales, generacionales, y territoriales.

b) Actuaciones de asesoramiento en materia de innovación en el ámbito tecnológico, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías disruptivas.

c) Actuaciones encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

d) Actuaciones de demostración, adaptación y personalización de diversas tecnologías, pruebas y experimentación con tecnologías digitales, transferencia de conocimientos y tecnología, tests de validación, pruebas de concepto, producción de prototipos etc.

Intensidad de la ayuda

La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de la presente orden tendrá la consideración de:

a) Ayudas económicas en forma de subvención que permitan a las empresas hacer frente a los costes derivados del proceso de innovación, las cuales no podrán ser superior a 40.000 euros por empresa beneficiaria.

b) Ayudas en especie que consisten en un programa de acompañamiento para las empresas beneficiarias, con asesoramiento individualizado y formación específica sobre aquellos aspectos clave para abordar el objetivo planteado, y que no podrán ser superiores a 10.000 euros, por empresa beneficiaria, en su equivalente a subvención bruta.

La intensidad de la ayuda concedida será del cien por cien del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €.

Plazo y lugar de presentación de la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, desde el 20/02/2024 00:00 (Madrid) hasta el 20/03/2024 23:59 (Madrid).

Las solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI, que habilitará en su sede electrónica un formulario de inscripción para la presentación de la documentación por parte de los solicitantes.

Para más información puede contactar con:

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