Objeto y finalidad del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros:
Conceder ayudas para proyectos destinados a la electrificación de flotas de vehículos ligeros.
– Actuación 1. Adquisición de vehículos eléctricos y pila de combustible: adquisición de vehículos nuevos matriculados por primera vez en España (incluye renting y leasing).
Siendo subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L6e, L7e, L3e, L4e, L5e, L1e y L2e. Siempre y cuando pertenezca a alguna de las siguientes categorías: Vehículos eléctricos puros (BEV), Vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV), Vehículos híbridos enchufables (PHEV), Vehículo eléctrico de células de combustible (FCV), Vehículo eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV).
– Actuación 2. Instalación de puntos de recarga en el aparcamiento de la flota, como parte del proyecto de electrificación de la empresa.
– Actuación 3. Costes de transformación de la flota hacia la electrificación, entre los cuales figuran los costes de adquisición e implantación de un sistema de gestión de la flota y los costes de impartición de cursos de los conductores para una conducción eficiente de la flota.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios del programa todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
Cuantía, Intensidad máxima de la ayuda:
Para la Actuación 1, las cuantías individuales de ayuda, en función del tipo de beneficiario y de vehículo y de si se produce o no achatarramiento se recogen en la siguiente tabla.
Para las Actuaciones 2 y 3, la intensidad de la ayuda será del 40% de los costes subvencionables, incrementándose en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas.
La convocatoria podrá establecer límites de ayuda por beneficiario.
En cuanto a la Actuación 1, se entiende por flota la adquisición de menos de 500 y más de 25 vehículos.
En cuanto a la Actuación 2, el número de puntos de cargas incentivados no podrá superar el número de vehículos incentivados.
En cuanto a la Actuación 3, se establece un máximo de la ayuda en 60.000 euros.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se efectuarán de manera telemática y se podrán presentar hasta las 14:00 horas del día 8 de marzo de 2023.
La solicitud se presentará telemáticamente a través de la sede electrónica del IDAE.
Para más información puede contactar con la Técnica de Innovación de Femepa 928296161, ext. #2032 obdulia.martin@femepa.es o con la Técnica de Innovación de Femepa 928296161, ext. #2508 cristina.santana@femepa.es
