Convocatoria de subvenciones a Proyectos de Innovación Social 2027-2028

 

Objeto

Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de innovación social, entendidos como el desarrollo, implementación y/o validación de metodologías o tecnologías innovadoras orientadas a la resolución de problemas sociales y actuaciones encaminadas a mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía.

¿Quién puede beneficiarse?

Podrán ser beneficiarias:

  • Empresas.
  • Personas autónomas.
  • Entidades de la economía social recogidas en la Ley 5/2011, de Economía Social.

Las entidades deberán estar válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud, desarrollar un proyecto de innovación social y cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Entre otros requisitos, deberán:

  • Tener domicilio social y fiscal en Canarias.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
  • No encontrarse en las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No haber concluido materialmente ni ejecutado íntegramente el proyecto en la fecha de solicitud.

No podrán ser beneficiarias las empresas que operen en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831 relativo a las ayudas de minimis.

Proyectos subvencionables

Será subvencionable el desarrollo y la puesta en marcha de proyectos de innovación social.

No serán subvencionables:

  • Las actuaciones rutinarias destinadas a mejorar productos, servicios o procesos que no supongan una innovación sustancial.
  • Los proyectos que se limiten a actuaciones de responsabilidad social corporativa y no supongan la creación de una nueva empresa o línea de negocio.

Se subvencionará un máximo de un proyecto por entidad en cada procedimiento, aunque podrán presentarse hasta tres solicitudes.

Gastos subvencionables

Los conceptos financiables serán los siguientes:

a) Activos fijos nuevos que no tengan carácter de reposición.
b) Mobiliario y equipamiento de oficina, con un máximo del 20% del presupuesto subvencionable.
c) Arrendamiento de un local de negocio en Canarias, con un máximo de 12.000 euros anuales.
d) Viajes, indemnizaciones o dietas necesarios para ejecutar la actividad, con un máximo de 600 euros por persona.
e) Inversiones inmateriales relacionadas con el proyecto.
f) Colaboraciones externas.
g) Desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio.
h) Gastos de comunicación y marketing vinculados al proyecto.
i) Gastos de constitución de nuevas empresas o entidades sociales innovadoras.
j) Informe de auditoría que deberá aportarse con la justificación.
k) Costes de personal necesarios para ejecutar el proyecto, con un máximo de 50 euros por hora.

Los gastos deberán ser necesarios, estar correctamente justificados y ejecutarse dentro del periodo subvencionable. No se admitirán pagos en metálico.

Cuantía

  • Presupuesto total de la convocatoria: 800.000 euros.
  • Primer procedimiento, correspondiente a 2027: 400.000 euros.
  • Segundo procedimiento, correspondiente a 2028: 400.000 euros.
  • Intensidad de la ayuda: 100% del gasto total elegible.
  • Subvención mínima por entidad: 50.000 euros.
  • Subvención máxima por entidad: 100.000 euros.

Las subvenciones tienen la consideración de ayudas de minimis. El importe total de las ayudas de minimis recibidas por una única empresa no podrá superar los 300.000 euros durante los tres años previos.

Plazos de ejecución y justificación

  • Para el procedimiento de 2027, la fecha de inicio del proyecto no podrá ser anterior al 1 de enero de 2027 y deberá comenzar antes de que finalice dicho año.
  • Para el procedimiento de 2028, la fecha de inicio no podrá ser anterior al 1 de enero de 2028 y deberá comenzar antes de que finalice dicho año.
  • El proyecto tendrá una duración máxima de 18 meses.
  • La justificación deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la finalización del plazo de ejecución.

Presentación de solicitudes

  • Procedimiento 2027: desde el 15 de octubre de 2026 a las 9:00 horas hasta el 6 de noviembre de 2026 a las 14:00 horas.
  • Procedimiento 2028: desde el 15 de octubre de 2027 a las 9:00 horas hasta el 8 de noviembre de 2027 a las 14:00 horas.

La presentación se realizará obligatoriamente de forma electrónica:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9525

Otros aspectos

  • La concesión se realizará mediante concurrencia competitiva.
  • El abono de la subvención se efectuará de forma anticipada.
  • Las entidades beneficiarias estarán exentas de presentar garantías para el abono anticipado.
  • La subvención será incompatible con otras ayudas para los mismos conceptos financiables.
  • El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Más información

Para recibir asesoramiento puede contactar con la Técnica de la Red CIDE de FEMEPA:

Arianna Sánchez
Teléfono: 928 296 161, extensión 573
Correo electrónico: arianna.sanchez@femepa.es

La Red CIDE es una iniciativa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, impulsada a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI), y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.

Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.

Latest Portfolio

Need Any Help? Or Looking For an Agent

Working Hours : Sun-monday, 09am-5pm
© 2022 Vankine. All Rights Reserved.