Objeto y finalidad:

Subvencionar las inversiones destinadas a la implantación de instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a la generación de electricidad para autoconsumo. Teniendo un máximo de producción de 100 kW y siempre en el marco de la normativa sectorial (Sector primario de Gran Canaria).

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas con base en Gran Canaria, además de personas con condición de propietario o armador de buque pesquero con una eslora total inferior a 24 metros siempre y cuando esté dado de alta en el censo de la Flota Pesquera Operativa y tenga su puerto base en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Actuaciones subvencionables: 

Solo serán subvencionables las inversiones que sean necesarias y estén directamente relacionadas con la utilización de energía solar fotovoltaica, que podrá incluir, entre otros, los siguientes conceptos:

  • Auditoría energética.
  • Elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos.
  • Los costes de dirección facultativa de obra.
  • Los costes de ejecución de la obra civil.
  • Los costes de adquisición de equipos y materiales, así como, los de montaje de las instalaciones y los certificados de eficiencia energética, si fueran necesarios.

Cuantía máxima de ayuda:

Se destinarán 950.000 euros a distribuir entre los beneficiarios de la categoría de explotaciones agrarias y/o ganaderas y el resto del crédito disponible, es decir, 50.000 euros para las ayudas correspondientes a la categoría de buques pesqueros.
El importe de la subvención será del 60 % del presupuesto aprobado por la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria, por orden de puntuación para cada una de las dos categorías de actuaciones subvencionables. No obstante, si una vez efectuada la valoración y asignadas las subvenciones correspondientes para cada una de las dos categorías de actuaciones subvencionables, quedara crédito disponible, se procederá a redistribuirlo, dentro de cada categoría, proporcionalmente entre todos sus beneficiarios, pudiendo incrementarse la cuantía de la subvención hasta un máximo del 75 %.

Plazo y lugar de presentación: 

La solicitud se presentará en el modelo normalizado, acompañada de la documentación preceptiva, preferentemente en los Registros desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria o en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria. Asimismo, se podrá presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 22 de agosto de 2022 hasta el 19 de septiembre de 2022.

Para más información puede contactar con la Técnica de Innovación de Femepa 928296161, ext. #2032 obdulia.martin@femepa.es o con el Técnico de Innovación de Femepa 928296161, ext. #2513 mario.perez@femepa.es o con la Técnica de Innovación de Femepa 928296161, ext. #2508 cristina.santana@femepa.es

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