Uno de los servicios que presta FEMEPA a sus asociados es el de informar y asesorar sobre la diferentes subvenciones y ayudas que publica la Administración.
En este sentido, FEMEPA con intención de prestar un servicio más completo a las empresas, va a tramitar y gestionar las subvenciones relacionadas con las ayudas al autoconsumo y el almacenamiento con fuentes de energía renovable publicadas por el Gobierno de Canarias en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
El servicio podrá ser solicitado por las empresas asociadas y no asociadas, y podrá ser tanto para instalaciones propias, como para instalaciones de sus clientes (siempre que se demuestre su relación profesional con el mismo).
El coste de esta tramitación será de 180 euros (más impuestos) para asociados y de 360 euros (más impuestos) para empresas no asociadas, a abonar al inicio del servicio, e incluye las siguientes actuaciones:
- Comprobación de que la empresa interesada cumple con los requisitos para optar a la subvención.
- Revisión de la documentación necesaria para tramitar la subvención. El cliente será el que se responsabilice de aportar la documentación y la información precisa, así como de su contenido, al personal técnico de FEMEPA para la realización de los servicios expuestos en el contrato.
- Cumplimentación de la Solicitud de Ayuda, en base a la documentación previamente aportada.
- Solicitud de firma al cliente, atendiendo al tipo de solicitud.
- Seguimiento durante el periodo de vigencia de la tramitación de la subvención, hasta resolución definitiva.
- En ningún caso, el contrato incluye la justificación de la subvención.
Este nuevo servicio será llevado a cabo por Cora Ramírez García, Técnica del Departamento de Innovación, Internacionalización y Sostenibilidad de FEMEPA, a la que podrá dirigirse para ampliar esta información o para iniciar la tramitación en el telf. 928 29 61 61 (Ext.: 2048) o bien en el email: cora.ramirez@femepa.es
Para cualquier tipo de asesoramiento sobre estas y otras ayudas ajeno al servicio de tramitación, puede dirigir sus consultas al Técnico de Innovación de FEMEPA, Mario A. Pérez Núñez en el teléfono 928 29 61 61 (Ext. 2111) o bien a través de la dirección de correo electrónico mario.perez@femepa.es
Le recordamos que las actuaciones subvencionables coinciden con los seis programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables, que son los siguientes:
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
- Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Para más información sobre estas ayudas y como complemento a esta circular, les detallamos el enlace donde podrá acceder a las jornadas que se realizaron por parte de la dirección General de Energía sobre estos trámites; https://youtu.be/M6dLFl6UNK4
Esperamos que esta información haya sido de su interés,