Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores desde Femepa, queremos recordarte las novedades en cuanto a obligaciones y plazos que establece la normativa en materia de igualdad en las empresas:

  • Real Decreto 901/2020 de planes de igualdad y su registro:
    • DESDE EL 14 DE ENERO 2022: todas las empresas con un PLAN DE IGUALDAD anterior al 14/02/2021 tienen que tener ya adaptado su contenido a lo establecido por dicho Real Decreto.
    • HASTA EL 7 MARZO DE 2022: todas las empresas a partir de 50 personas en plantilla deben contar con un PLAN DE IGUALDAD y tener presentada solicitud de inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON).
  • Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva: que estableció el contenido de la auditoría retributiva según valoración de puestos de trabajo de igual valor para todas aquellas empresas que tengan la obligación de tener plan de igualdad y del registro retributivo obligatorio para todas las empresas de cualquier tamaño según número de personas trabajadoras.

Nos ponemos a tu disposición para ampliarte cualquier detalle que necesites respecto a tu plan de igualdad y/o registro retributivo para cumplir con la normativa vigente.

Para más información puede contactar con la Técnica de Igualdad y RSC de Femepa: 928296161 ext. 2048 o a través del correo paula.liberal@femepa.es

Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.

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