Objeto y finalidad
Las ayudas tienen como objeto promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor.
Beneficiarios/as
Podrán ser entidades beneficiarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la convocatoria, las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spinoff» y las Jóvenes Empresas Innovadoras, los centros tecnológicos, los centros de apoyo a la innovación tecnológica, las asociaciones empresariales y los parques científicos y tecnológicos.
Actuaciones subvencionables
Ayudas de una duración de tres años para los que sea necesario la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
Estas ayudas únicamente cofinanciarán los costes de contratación correspondientes a puestos de trabajo que estén ubicados en España.
Cuantía
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad.
Las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales respecto de las que venga realizando la empresa, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto de incentivación de la ayuda.
La ayuda anual para cada uno de los contratos dependerá del tipo de proyecto y de la entidad beneficiaria, como sigue:
a) Si se trata de un proyecto predominantemente de investigación fundamental: 40 millones de euros por empresa y por proyecto.
b) Si se trata de un proyecto predominantemente de investigación industrial: 20 millones de euros por empresa y por proyecto.
c) Para las actuaciones predominantemente de desarrollo experimental: 15 millones de euros por empresa y por actuación.
d) Para estudios de viabilidad previos a las actividades de investigación: 7,5 millones de euros por estudio.
Criterios de evaluación de las solicitudes
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
b) Calidad, viabilidad y relevancia científico-tecnológica de la actividad propuesta.
c) Impacto.
La descripción de los criterios, así como su valoración, se determinan en el anexo de la convocatoria.
Plazo y lugar de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 23 de enero hasta el 13 de febrero de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular), a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Para más información puede contactar con:
– El Responsable de proyecto OAP de FEMEPA 928296161, ext. #2111 mario.perez@femepa.es,
– La Técnica de Transformación Digital de FEMEPA 928296161, ext. #2048 cora.ramirez@femepa.es
– La Técnica de Transformación Digital de FEMEPA 928296161, ext. #2508 coraima.diaz@femepa.es
