En virtud del reciente Reglamento 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el cual entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024se modifica el límite previamente establecido de subvención, fijado en 200.000 euros, elevando el importe máximo a 300.000 euros.

Esta medida responde a la necesidad de proporcionar un respaldo financiero más robusto a las entidades beneficiarias, alineándose con los objetivos estratégicos de fomentar la actividad empresarial y contribuir al crecimiento económico sostenible.

Agradecemos su atención a esta actualización normativa y nos mantenemos a disposición para cualquier consulta adicional o aclaración que pueda requerir.

Para más información puede contactar con:

– El Responsable de proyecto OAP de FEMEPA 928296161, ext. #2111 mario.perez@femepa.es

– La Técnica de Transformación Digital de FEMEPA 928296161, ext. #2048 cora.ramirez@femepa.es

– La Técnica de Transformación Digital de FEMEPA 928296161, ext. #2508 coraima.diaz@femepa.es

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