Objeto 

Ayudas de concurrencia no competitiva a proyectos tractores de entidades pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España, con el fin de impulsar la descarbonización de sus procesos productivos, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de la Industria Manufacturera (PERTE de Descarbonización Industrial).

Beneficiarios

  • Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas que realicen alguna actividad industrial según se define en el anexo XII de la Orden de convocatoria. Dichas entidades anteriores deberán haber desarrollado actividades industriales al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de solicitud. 
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a) y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos en el anexo II de la Orden de convocatoria.

Gastos financiables

Tendrán la consideración de gastos financiables los que satisfagan lo establecido el artículo 31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Pero en general y según la línea de actuación, serán financiables entre otros:

  • Gastos de personal.
  • Gastos de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto.
  • Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • Gastos del Informe de certificación de proyectos de investigación y desarrollo emitidos por una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación.
  • Gastos relativos a consultoría.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
  • Gastos de los estudios de viabilidad.

Intensidad de la ayuda

Según los tipos de proyectos, las intensidades de subvención brutas máximas, considerando la suma de la subvención más la subvención bruta equivalente del préstamo, por proyecto primario y entidad beneficiaria serán las siguientes:

Plazo de realización de las actuaciones

Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. El plazo máximo para realizar las inversiones y gastos se determinará en cada orden de convocatoria, pero en ningún caso se podrá extender más allá del 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 32.

Requisitos de reducción de emisiones

Reducción de emisiones de al menos 3.000 toneladas, pudiendo ser inferior si se consigue una reducción del 30% respecto a su situación anterior.

Plazo y lugar de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 24 de enero y finalizará el 17 de abril de 2024, ambos inclusive.

La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo.

Para más información puede contactar con:

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