Subvenciones para la Bonificación del Tipo de Interés de Préstamos para Personas Trabajadoras Autónomas – Convocatoria 2026

Objeto


Subvenciones destinadas a bonificar parcialmente el tipo de interés de los préstamos formalizados por personas trabajadoras autónomas para financiar inversiones necesarias para el desarrollo y consolidación de su actividad económica en Canarias.

La ayuda se concede mediante una reducción del tipo de interés durante un máximo de tres años y se abona en un único pago, que se destina a la amortización anticipada parcial del préstamo.

¿Quién puede beneficiarse?


Podrán solicitar estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que:

  • Estén dadas de alta en el RETA, en otro régimen especial por cuenta propia o en una mutualidad alternativa.
  • Tengan el domicilio fiscal en Canarias.
  • Desarrollen su actividad económica en Canarias.
  • Estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Hayan formalizado un préstamo destinado a financiar inversiones vinculadas exclusivamente a su actividad económica.
  • Mantengan la actividad y el alta como autónomo durante, al menos, tres años desde la formalización del préstamo.

Requisitos del préstamo


El préstamo deberá:

  • Haber sido formalizado antes de presentar la solicitud y dentro del plazo establecido en la convocatoria.
  • Tener un importe máximo de 500.000 euros por solicitante.
  • Estar avalado por AvalCanarias SGR.
  • Haber sido concedido por una entidad financiera adherida al convenio con AvalCanarias.
  • No encontrarse totalmente amortizado en el momento de presentar la solicitud.

Inversiones subvencionables


Podrán financiarse inversiones directamente relacionadas con la actividad económica, entre ellas:

  • Reforma y acondicionamiento de locales.
  • Instalaciones.
  • Mobiliario.
  • Maquinaria y utillaje.
  • Equipos informáticos y de oficina.
  • Vehículos industriales o comerciales vinculados exclusivamente a la actividad (con determinadas limitaciones).
  • Gastos de I+D.
  • Propiedad industrial e intelectual.
  • Franquicias y concesiones.
  • Honorarios técnicos.
  • Gastos notariales y registrales.
  • Publicidad y marketing.
  • Desarrollo de páginas web y aplicaciones.
  • Tasas y licencias.
  • Otros activos fijos materiales e inmateriales relacionados con la actividad.

No serán subvencionables

  • La compra de terrenos o edificaciones.
  • Vehículos excluidos por las bases reguladoras (salvo taxis y transporte sanitario).
  • Inversiones destinadas a sociedades distintas de la persona solicitante.

¿Quiénes quedan excluidos?


No podrán acceder a estas ayudas:

  • Autónomos colaboradores.
  • Administradores de sociedades que no tengan participación en ellas.
  • Personas incursas en las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Personas o actividades excluidas por la normativa europea de ayudas de minimis.

Cuantía de la ayuda


La subvención consiste en una bonificación del tipo de interés del préstamo de:

  • 2 puntos porcentuales anuales, con carácter general.
  • 2,5 puntos porcentuales anuales cuando la persona solicitante sea menor de 45 años en la fecha de formalización del préstamo.

La bonificación:

  • Se aplica durante un máximo de 3 años.
  • Se calcula sobre el capital destinado a la inversión subvencionable.
  • No podrá superar los intereses realmente generados ni el límite que establezca la convocatoria.
  • Se abona en un único pago destinado a amortizar anticipadamente el préstamo.

Procedimiento de concesión


Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose por orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito disponible.

La presentación será exclusivamente electrónica.

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/movil/tramites/10934

 

Plazo de presentación:


Fecha Inicio: 10/7/2026 00:01

Fecha Fin: 30/10/2026 23:59

 

Compatibilidad


Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones siempre que no financien el mismo gasto y se respeten los límites establecidos por la normativa de ayudas de minimis.

 

Bases reguladoras


Orden de 17 de junio de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones de bonificación del tipo de interés de los préstamos destinados a financiar inversiones de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.

 

Para cualquier consulta, ampliación de información o asesoramiento en materia de innovación y oportunidades empresariales, puede contactar con la Técnica de la Red CIDE:

 

Arianna Sánchez
Tel. 928 296 161 (ext. 573)
arianna.sanchez@femepa.es

 

La Red CIDE es una iniciativa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, impulsada a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI), y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.

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