Ayudas para contratos Torres Quevedo

  • Objeto

    Las ayudas tienen como objeto promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

    ¿Quiénes pueden beneficiarse?

    Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas las entidades que se recogen a continuación, que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que tengan capacidad de contratación laboral:

    a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEI.
    b) Los centros tecnológicos.
    c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
    d) Las asociaciones empresariales.
    e) Los parques científicos y tecnológicos.

    Cuantía y otras características del proyecto

    El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 56.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior.

    Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 28.500 euros.

    Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.

    Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:

    PROYECTO O ACTUACIÓNINTENSIDADES BRUTAS MÁXIMAS DE AYUDA EN FORMA DE SUBVENCIÓN A LOS BENEFICIARIOS
     Pequeñas EmpresasMedianas EmpresasGrandes Empresas; Centros tecnológicos; Centros de apoyo a la innovación; Asociaciones empresariales; Parques científicos y tecnológicos
    Proyectos de investigación industrial70%60%50%
    Estudios de Viabilidad70%60%50%
    Proyectos de desarrollo experimental45%35%25%

    Plazo para presentar solicitudes

    Las solicitudes de participación a las ayudas Torres Quevedo serán presentadas por las entidades.

    La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

    El plazo de presentación de las solicitudes de participación serán hasta el 28 de enero de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

    Para más información puedes contactar con la Técnica de Innovación de Femepa 928296161 extensión #573 arianna.sanchez@femepa.es.

Posteado en:
2024
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