El pasado 1 de septiembre entró en vigor el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral con el que se prohíbe el acceso a las bonificaciones para la contratación de personas trabajadoras para aquellas empresas que, estando obligadas a contar con un Plan de Igualdad, no lo tengan.

Por lo que, si tienes la obligación de contar con un plan de igualdad, ya sea por ser una empresa de 50 o más personas trabajadoras, o porque así lo establece tu convenio colectivo, debes saber que no elaborar tu plan de igualdad puede suponer consecuencias. Entre ellas no solo estaría una sanción económica, que podría superar los 6.000€, sino que tampoco podrías acceder a contratos públicos, a determinadas ayudas económicas, y desde esta fecha tampoco podrías tener acceso a las bonificaciones para la contratación de trabajadores y trabajadoras.

En Femepa trabajamos para ofrecer el mejor servicio a nuestras empresas asociadas, si tienes cualquier duda en materia de Igualdad no dudes en contactar con Cristina Viera en el teléfono 667 862 351 o por correo electrónico cristina.viera@femepa.es

Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.

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