El 21 de mayo se publicó el extracto de la convocatoria de “Subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial” de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, para el ejercicio 2021.
Para más información puedes contactar con la Técnica de Innovación de Femepa al 928296161 ext#2032, y en el correo electrónico, obdulia.martin@femepa.es
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas (pyme) cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias. También podrán presentarse sociedades en constitución, condicionadas a lo establecido en las bases reguladoras.
Objeto:
Las actuaciones subvencionables están estructuradas en dos líneas:
- A) Línea I.- Inversiones productivas para:
– Crear un establecimiento industrial nuevo.
– Establecimientos industriales existentes: ampliar su capacidad de producción, diversificar su producción (en productos que anteriormente no se producían), o realizar una transformación fundamental del proceso global de producción. Se consideran dentro de este último actuaciones para la transformación digital de la industria.
- B) Línea II.- Inversiones para realizar alguna de las actuaciones siguientes, que están
estructuradas en dos subtipos:
– II.1. Apoyo a la calidad en la producción: capacitación técnica (mediante acreditación) de los laboratorios de ensayo o de calibración industrial, certificación productos industriales, creación o modernización de los laboratorios de control de calidad de las pymes industriales, o implantación de sistemas de inocuidad de los alimentos según ISO 22000 o de seguridad alimentaria (tales como BRC o IFS)
– II.2. Incorporación de intangibles creadores de ventajas competitivas: incorporación de diseño al producto (funcional o estético) y mejora de los procesos (transformación digital, reingeniería de procesos …), auditorías energéticas, o implantación de normas de reconocido prestigio.
Cuantía de la subvención:
Línea I.– El porcentaje de subvención es variable, en función de la antigüedad de la pyme y el importe de la inversión del proyecto, y puede oscilar entre el 20% y el 40% de la inversión aprobada (conforme a lo recogido en la tabla que consta en la base específica 3ª).
La inversión mínima será de 10.000 euros.
Línea II.– El porcentaje de subvención podrá alcanzar hasta el 50% de la inversión aprobada.
– Para el subtipo de actuaciones II.1. Apoyo a la calidad en la producción: la subvención máxima por actuación será de 30.000 euros
– Para el resto II.2. Incorporación de intangibles creadores de ventajas competitivas: la subvención máxima por actuación será de 10.000 euros
Plazo de presentación de solicitudes:
Se establece un plazo de admisión de solicitudes de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. La admisión de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del último día de dicho plazo. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Posibilidad de abono anticipado de la subvención para aquellos proyectos subvencionados que lo soliciten. Cuando proceda dicho abono, se tramitará sin régimen de garantías.
Presentación de solicitudes:
La presentación de la solicitud se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica: https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/6809
Inicio y finalización de las actuaciones:
Inicio de las inversiones a partir de la presentación de la solicitud de subvención, salvo que haya presentado previamente una pre-solicitud para esta convocatoria (base general 8ª).
El plazo de ejecución del proyecto subvencionado finalizará el 31 de octubre de 2021, y el plazo de justificación de la actuación subvencionada finalizará el 15 de noviembre de 2021.
En el caso de que se solicite y se conceda el abono anticipado de la subvención, las fechas límite de ejecución y justificación quedan establecidas en el 31 de diciembre de 2022, en ambos casos.