El próximo 2 de marzo 2024 finaliza el plazo para que aquellas empresas con más de 50 empleados establezcan medidas concretas en pro de la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. Este plan debe incluir un protocolo específico para abordar el acoso o la violencia dirigida hacia este colectivo.

Según la Ley 4/2003 para la igualdad real y efectiva de las personas trans, las empresas deben tener este plan en vigor 12 meses después de la entrada en vigor de la ley. Aquellas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentar sanciones de hasta 150.000 € por vulnerar los derechos LGTBI.

– En caso de que la empresa tenga un Plan de Igualdad implementado, es necesario reabrir la negociación colectiva para incluir expresamente a las personas LGTBI.

– Para aquellas empresas que aún no han implementado un Plan de Igualdad, esta es una excelente oportunidad para hacerlo. Además de rechazar de manera contundente cualquier forma de discriminación, el nuevo plan puede comprometerse a prevenir, detectar, corregir y sancionar cualquier tipo de acoso laboral, ciberacoso o acoso a través de redes sociales.

En FEMEPA trabajamos para ofrecer el mejor servicio a sus empresas asociadas. Si desea más información, póngase en contacto con la Técnica de Igualdad y Sostenibilidad, Gema García, en el 667 862 351 o por correo gema.garcia@femepa.es

Denounce with righteous indignation and dislike men who are beguiled and demoralized by the charms pleasure moment so blinded desire that they cannot foresee the pain and trouble.
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